En Costa Rica, el término «aforo» se refiere a la capacidad máxima permitida de personas que pueden estar simultáneamente dentro de un establecimiento, como un restaurante o una soda.

El aforo para restaurantes y sodas en Costa Rica está sujeto a regulaciones gubernamentales que pueden variar dependiendo de las directrices de salud pública vigentes en el país.

Si usted es propietario o gestor de un restaurante, le invitamos a informarse sobre las actualizaciones y cambios en estas regulaciones. Es fundamental seguir las directrices del Ministerio de Salud para adaptarse a las necesidades y restricciones actuales.

Las medidas incluyen: respeto a la distancia mínima, señalización clara sobre la capacidad máxima permitida, promoción de reservas para gestionar eficientemente la afluencia de clientes, entre otros.
El aforo también puede a variar según las características específicas del local.

Es importante que los propietarios y administradores estén al tanto de las regulaciones de aforo vigentes en todo momento y las cumplan rigurosamente para garantizar la seguridad de sus clientes y empleados, así como para evitar posibles sanciones por incumplimiento de las normativas.

By 401 Actualizada 25-3-24 Etiquetas: Categorías: Comercial y Desarrollo, Preguntas Frecuentes