Legalmente, para realizar una compraventa inmobiliaria de manera indirecta, es decir hacer el traspaso por vía de las acciones, no es indispensable utilizar un abogado. Sin embargo, es altamente recomendable.  En el caso de un traspaso directo si es indispensable tener un notario público que consigne en escritura pública que el traspaso se realizó.

Si bien la ley no estipula que sea necesario tener un abogado para para realizar un traspaso indirecto, por vía de acciones, es altamente recomendable.

Ahora bien, en caso de ser un traspaso directo, se requiere tener un notario público que dé fe, por escrito, de que dicho traspaso se realizó.

Contenido proporcionado por Javier Sauma de SaumaRossi en Costa Rica.

By 615 Actualizada 29-3-22 Categorías: Legal, Preguntas Frecuentes